A LA COMUNIDAD NEOGRANADINA
Bogotá, D.C. 20 de octubre de 2025
La Universidad Militar Nueva Granada informa que se ha iniciado un proceso para la implementación del plan de formalización laboral conforme a lo dispuesto en el Decreto 391 de 2025, proceso progresivo, deliberativo y ajustado estrictamente a la ley. Este enfoque garantiza que la transición se realice con seguridad jurídica, sostenibilidad institucional acordes con los fines misionales de la Universidad. La aplicación de los criterios establecidos por la Institución se ejerce dentro de este marco de la más estricta sujeción a los principios de legalidad y de planeación.
En este sentido, el Decreto 391 de 2025 se erige sobre pilares jurídicos de primer orden, destinados a materializar el derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas, consagrado en el artículo 25 de la Constitución Política. Su expedición se fundamenta en los siguientes aspectos clave:
- Protección Especial del Trabajo: El decreto desarrolla el mandato constitucional que otorga al trabajo una «especial protección del Estado».
- Principio de Estabilidad Laboral: Acorde con el artículo 53 de la Constitución Política que, consagra la «estabilidad en el empleo» como un principio fundamental.
- Marco Legal Específico: La norma fue expedida en desarrollo de mandatos legales concretos, incluidos los artículos 75 y 82 de la Ley 2294 de 2023 (Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026) y el artículo 57 de la Ley 30 de 1992.
- Compromiso con el Trabajo Decente: Incorpora los pilares del Programa de Trabajo Decente de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que son creación de empleo, protección social, derechos laborales y diálogo social.
La siguiente tabla detalla cómo cada criterio se articula con el marco jurídico y los objetivos del Decreto 391 de 2025:
| Criterio de Aplicación | Fundamentación en el Derecho Administrativo y el Decreto 391 | Objetivo de Interés Público |
| 1. Voluntad Individual del Trabajador | Se basa en el principio de autonomía de la voluntad y en el derecho fundamental a la libre elección del trabajo (Art. 25 CP). Un plan de formalización no puede imponer una relación laboral donde no existe voluntad de constituirla. | Respetar la autodeterminación de los colaboradores y evitar la imposición de vínculos contractuales no deseados. |
| 2. Cumplimiento de Estándares de Calidad | Se alinea con la función de inspección y vigilancia del Estado y la obligación de las IES de garantizar la calidad educativa (Ley 30 de 1992). El decreto busca formalización sin sacrificar la excelencia académica. | Preservar la calidad del servicio público de educación y el mérito como criterio para el acceso y permanencia en el empleo público (Art. 125 CP). |
| 3. Evaluación de la Necesidad de Vinculación | Responde al principio de eficiencia en la gestión pública y a la obligación de planificación. El Decreto 391 exige a las IES identificar «necesidades reales» de planta, no todas las posibles | Optimizar los recursos públicos, garantizar la sostenibilidad financiera de la Universidad y adecuar la planta a las necesidades misionales reales |
En este orden de ideas, aventurarse a afirmar que, la Universidad Militar Nueva Granada vulnera derechos del personal docente por aplicar los criterios antes expuestos, es una conclusión prematura y descontextualizada del proceso de formalización laboral que se adelanta, en el marco del complejo entramado jurídico que regula la función pública y el servicio de educación superior.
La formalización progresiva versus la estabilidad inmediata, se relacionan con el derecho a la estabilidad laboral reforzada, propio de los empleados públicos de carrera, que surge una vez, el servidor público cumple con la totalidad de los requisitos legales para una vinculación definitiva. El Decreto 391 de 2025 dispone un proceso de formalización, no un acto automático. La Universidad, al evaluar criterios de necesidad y calidad, cumple con lo mandado por el decreto al ejecutar las previsiones que éste dispone, no eludiéndolas.
En consecuencia, la gestión que viene adelantando la Universidad Militar Nueva Granada en desarrollo del Decreto 391 de 2025 es un ejemplo de aplicación razonada y progresiva de la normativa que, busca armonizar la protección laboral con los principios de mérito, calidad educativa y eficiencia de la administración pública. Lejos de constituir una vulneración, el proceso que adelanta la Universidad demuestra un compromiso serio con la implementación de la ley, asegurando que la formalización laboral sea una realidad sostenible y alineada con la razón de ser de la Institución: La prestación de un servicio de educación superior de la más alta calidad.
La aplicación de filtros de calidad, necesidad y voluntad son actos lícitos y necesarios para cualquier proceso de estabilidad laboral. La Universidad Militar Nueva Granada continúa trabajando en la búsqueda de la Excelencia.



